Las Asociaciones y los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales
Las Asociaciones de Ingenieros Industriales
Posteriormente a la creación del título de Ingeniero Industrial, Real Decreto de 4 de septiembre de 1850, se inició la organización de las Asociaciones de Ingenieros Industriales, como respuesta a la necesidad de agruparse para proyectar y promover la profesión y facilitar el conocimiento de las nuevas tecnologías.
Dichas asociaciones abarcaban distintos ámbitos territoriales de la geografía española. En el año 1861 nace la de Madrid; dos años más tarde la de Barcelona; en 1875 la de Valencia que se fusionaría en 1889 con la de Madrid, para ser recreada en 1911; en 1908 la de Bilbao y en 1918 la de Sevilla y la de Santander. Estas agrupaciones tenían carácter territorial, de modo que en la de Barcelona figuraban todos los ingenieros de Cataluña, en la de Bilbao los del País Vasco y Navarra, etc.
La Asociación Nacional (ANII) se crea en 1889 como una Junta Coordinadora de las diversas Agrupaciones Territoriales. La ANII tuvo una vida activa en tanto en cuanto era el único órgano común y representativo de la profesión.
Al crearse los Colegios Profesionales, en abril de 1949, son éstos los que toman la iniciativa en la defensa y representación de los intereses de los Ingenieros Industriales, quedando la ANII como una entidad de derecho privado, dedicada a la promoción de la profesión.
La ANII con otras asociaciones análogas de las diferentes ramas de la Ingeniería forman en 1904 el Instituto de la Ingeniería Civil( IIC) que posteriormente se transformó en el Instituto de la Ingeniería de España,(IIE), la cual a su vez representa a los ingenieros españoles en la Federación Europea de Asociaciones Nacionales de Ingeniería (FEANI).
Desde entonces la vida asociativa continúa desarrollándose fundamentalmente a través de las Agrupaciones Territoriales, hasta que en 1978 se reconoce el hecho de que no existe una Asociación única y la ANII se transforma en una Federación de Ingenieros Industriales. Finalmente en 1982, adopta su denominación actual de Federación de Asociaciones de Ingenieros Industriales de España (FAIIE), en la que se integran las Asociaciones existentes en España, que actualmente son 18.
Las Agrupaciones y Asociaciones se transformaron en asociaciones de derecho privado y con personalidad jurídica propia.
Fundamentación de los Colegios Profesionales
La aparición de los Colegios Profesionales posiblemente tiene su origen en la existencia de profesiones cuyo ejercicio tiene una trascendencia pública clara. Así, quienes profesionalmente y sin ser funcionarios públicos intervienen en la Administración de Justicia, en el cuidado de la salud de las personas o en el proyecto y ejecución de obras o instalaciones potencialmente peligrosas, realizan un trabajo con trascendencia pública. Un ordenamiento moderno de la Sociedad debe garantizar que este tipo de profesiones se ejerzan sin que de ello se deriven daños públicos.
Para ello existen dos sistemas clásicos diferentes:
La exigencia de responsabilidades en forma eficaz, rápida e inexorable, o el funcionamiento de Colegios Profesionales si de la cultura jurídica se deriva que la exigencia de responsabilidades no va a ser tan drástica.
Con este segundo razonamiento, más frecuente en la cultura romana que en la sajona, el Estado otorga por Ley a las diversas profesiones las herramientas necesarias para que sean ellas las que, constituidas en Colegios Profesionales, garanticen que el ejercicio profesional se realiza adecuadamente. Los Colegios de Ingenieros Industriales se constituyeron en España por Decreto del Ministerio de Industria y Comercio el 9 de abril de 1949.
El ejercicio de la prestación de servicios profesionales en nuestra sociedad viene garantizado de forma fundamental por personas que, habiendo demostrado su capacitación a través de estudios universitarios, se asocian en órganos colegiales que tienen como cometido, y así se encuentra reconocido por la legislación vigente, de facultar el ejercicio de la profesión, dentro del sometimiento a la defensa y disciplina que los Colegios Profesionales marcan como garantes de la independencia, eficacia y responsabilidad de los colegiados en el ejercicio de sus funciones y en beneficio de los ciudadanos.
Los derechos de los ciudadanos vienen siendo garantizados bien por las asociaciones de consumidores, las leyes y Legislación que emana de la Constitución Española, ejercida a través de los tribunales ordinarios de Justicia y por los Colegios Profesionales, que son los primeros interesados en la defensa del consumidor, a través de su representante legal, porque en ellos está la llave de la imagen, futuro y prestigio de sus profesionales.
Así funciona en España y así lo recoge la Constitución de 1978 (art. 36), consolidándolo firmemente.
La regulación en nuestro ordenamiento jurídico, de modo general, viene dada en la Ley 2/1974, de 13 de febrero de 1.974, modificada por la Ley 74/1978, de 26 de diciembre, el Real Decreto - Ley 5/1996, de 7 de junio de 1996 y la Ley 7/1997 de 14 de abril, La específica de los Ingenieros Industriales, está contenida en el Real Decreto 1332/2000, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales y de su Consejo General. Hay una serie de modificaciones introducidas por la Ley 17/2009, 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio.
Diferencias entre Colegios y Asociaciones
Los Colegios tienen un carácter institucional y oficial, siendo corporaciones de derecho público, mientras que las Asociaciones lo tienen privado y profesional, siendo corporaciones de derecho privado.
La finalidad principal de los Colegios es regular la actividad profesional, de acuerdo con lo prescrito en el ordenamiento jurídico.
La finalidad de las Asociaciones es fomentar el progreso de la ingeniería industrial y ponerla a servicio de la sociedad, tal como establecen sus estatutos. Su misión actual consiste, básicamente, en labores formativas en el ámbito de la Ingeniería Industrial, y su fin lo constituye el fomento del progreso de la ingeniería, poniéndola al servicio de la sociedad.
Los Colegios garantizan la profesionalidad de sus colegiados, a través de herramientas como el visado, los seguros, etc., y las Asociaciones promueven dicha profesionalidad con acciones a ello encaminadas.
Los Colegios se centran en el Ingeniero cuando ejerce su profesión, mientras que las Asociaciones se basan en el Ingeniero en el mundo, con su vocación, sus aficiones y su imbricación en el mundo que nos rodea.
Las Asociaciones tienen una vida complementaria de la de los Colegios, aunque desarrollen sus propias actividades con independencia del mismo. No obstante aglutinan ambas el mismo tipo de socios e infraestructura aunque con fines distintos. Indudablemente realizan actividades conjuntas de forma coordinada a fin de armonizar sus trabajos y colaborar en los servicios que prestan a los ingenieros industriales y a la Sociedad en general. En la mayoría de los casos presentan Juntas Rectoras coincidentes en sus miembros.